La ampliación de las medidas de las cuentas de ahorro vivienda se queda corta

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Publicado: 11/12/2008

El difícil acceso a los créditos al que se enfrentan los consumidores y la inestabilidad del mercado inmobiliario ha llevado al Gobierno a anunciar la ampliación hasta seis años de la vigencia de las cuentas ahorro vivienda. La medida retrasa la obligación de comprar la vivienda en un periodo de cuatro años, aunque las ventajas fiscales no se verán alteradas.

El producto: las cuentas ahorro-vivienda
Las cuentas de ahorro-vivienda surgieron ante la necesidad de dar una entrada a la hora de adquirir una vivienda. Son productos financieros que funcionan como una suerte de cuenta de ahorro, cuyo único fin posible es la compra de una vivienda o la rehabilitación de la que ya se tiene en propiedad. Hasta ahora su vida estaba limitada a cuatro años -excepto en la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco, donde alcanza los ocho-, tiempo durante el que el consumidor podría beneficiarse de una deducción del 15% de la cantidad anual aportada en el IRPF (con un límite del 30% de la base imponible ó 9.015 euros anuales en territorio general). En el caso de utilizar el dinero para otra cosa, se hace obligatorio la devolución de las deducciones a Hacienda, más los intereses de demora.

A partir del próximo ejercicio en 2009, quienes cuenten con una cuenta de ahorro vivienda a punto de vencer podrán mantenerla durante dos años más sin tener que devolver a Hacienda las deducciones practicadas en el IRPF por las aportaciones realizadas (cantidad de dinero que ingresamos en la cuenta). Sin embargo, durante los dos años de prórroga los consumidores no podrán beneficiarse de nuevas deducciones por las siguientes aportaciones que realicen.

La medida, que entrará en vigor el día de su aprobación en el Consejo de Ministros (28 de noviembre), tendrá efecto retroactivo. Por ello, todas las cuentas que venzan entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010 podrán prolongar su vida hasta esa misma fecha, 31 de diciembre de 2010. Aún así, la disposición no será definitiva; desde el Ministerio de Economía han dejado bien claro que es coyuntural y no absoluta

Coyuntura que hace necesaria la medida

Ante la crisis económica actual y la incertidumbre por el precio del mercado de la vivienda, las entidades están restringiendo el crédito a los consumidores. A pesar de que bancos y cajas continúan publicitando una financiación del 100% del coste de tasación de la vivienda en sus folletos, la realidad es que son pocos los que pasan del 80% y muchos los que lo calculan sobre el precio de compra, siempre más bajo que el de tasación -hasta hace poco tiempo las entidades concedían créditos por el valor de tasación, superior al del precio de la casa, con lo que podíamos pagar los costes del crédito. La supertasación del suelo y los inmuebles (obra de las empresas tasadoras, que muchas veces pertenecían a las propias entidades financieras), ha provocado con un ejercicio continuado de la especulación del suelo y el ladrillo la burbuja inmobiliaria que nos ha llevado a la situación económica actual-.

Estos condicionantes, unidos a la dificultad para ahorrar que tenemos los españoles -a causa de los salarios bajos, entre otras cosas-, han hecho casi imposible que los ciudadanos de a pie consigamos reunir, en un periodo de tiempo de cuatro años, una cantidad de dinero suficiente como para ser aceptada por las entidades en concepto de entrada del piso

Pseudoconcesión que se queda corta

Aquí es cuando el Gobierno toma esta medida ante la reacción que podrían tener todos aquellos a los que se les vence la cuenta de ahorro vivienda para este ejercio (50.000 según la Agencia Tributaria), enfadados porque tras el vencimiento, e incapaces de encontrar crédito para comprar, se ven obligados a devolver a Hacienda las cantidades percibidas en concepto de deducciones. Y no sólo las de este ejercicio, sino las de los dos próximos -lo que se ha “acordado” que va a durar esta crisis-.

Por eso se anuncia la toma de esta medida, tras la que se esconde una peseudoconcesión que se queda corta. Y es que lo ideal sería que la Administración promocionara el ahorro entre los ciudadanos de una manera justa

 

Premiar el esfuerzo al ahorro

Con el actual sistema de deducciones a renta no sale ganando quien más esfuerzo hace por ahorrar, sino quien consigue destinar más dinero al ahorro, y eso casi siempre está en la mano de unos pocos (los que más ganan). Así, una pareja joven que escasamente supera los 22.000 euros brutos al año entre los dos (en el caso de que ambos sueldos superen por poquito el salario mínimo interprofesional, como lo hacen en la actualidad más de un millón de profesionales) lo tiene claramente mucho más difícil que otras con rentas más altas. Y le será mucho más difícil optar a las máximas deducciones.

Por eso sería una cuestión de justicia social que se llevara a cabo una reforma fiscal, con la que desde la Administración se incentivase el ahorro con carácter previo a la adquisición de una vivienda. Todo ello teniendo en cuenta un importante matiz: que el esfuerzo de ahorro se vea recompensado en el IRPF de acuerdo a la capacidad de generar recursos.

Elija la cuenta con más remuneración   Otras medidas: deducción del IRPF
Las entidades suelen dar un interés para estos productos que oscila entre el 2 y el 3,5%, aunque varía según la cantidad depositada. Al ser este interés tan bajo merece la pena “convertir” en cuenta ahorro vivienda (para quien tenga intención de adquirir una) cualquier cuenta o depósito a plazo de cualquier entidad con remuneración más alta, ya que existe la posibilidad de identificarla como tal en la declaración del IRPF y obtener las deducciones correspondientes.

Otro “truco” que debemos tener en consideración consiste en mantener nuestro dinero durante todo el año en un depósito de alta rentabilidad y traspasarlo a la cuenta vivienda el 31 de diciembre, ya que es ese día el que la Agencia Tributaria tiene en cuenta para contabilizar las deducciones que nos corresponden por todo el año.

  También se ha adelantado la posibilidad de cobrar la deducción por vivienda (mediante rebaja de la retención mensual del IRPF), para rentas inferiores a 33.000 euros anuales. Al mismo tiempo que se amplía el plazo para materializar el saldo de la cuenta de ahorro vivienda, también se amplía el periodo para vender la vivienda habitual y comprar otra, beneficiandose de la deducción por reinversión.

 

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