El gran aumento del coste de las transferencias

Contenido del artículo:
 Tipos de transferencia
 Plazos en las transferencias
 El consumidor debe saber por qué concepto se le está cobrando una comisión
 Consejos de ADICAE
 Tamaño del texto disminuir el tamaño de la fuente aumentar el tamaño de la fuente
Publicado: 21/01/2008

Las comisiones bancarias que, a lo largo del pasado año, más se han encarecido son las cobradas por la realización de transferencias dentro de la misma plaza (han aumentado un 13,09% en tan sólo un año). Aquellas realizadas sobre una plaza distinta a la propia aumentaron su coste en un 6,18 %.

Entendemos por transferencia bancaria la operación por la que una persona da instrucciones a su entidad bancaria para que con cargo a una cuenta suya envíe una determinada cantidad de dinero a la cuenta de otra persona en la misma o en otra entidad.

Las entidades consideran como “transferencias” otro tipo de operaciones en las que no intervienen dos cuentas. Por ejemplo, aquellas en las que la orden de envío especifica que los fondos se entreguen en efectivo al beneficiario. O aquellas en las que el ordenante paga en efectivo en la ventanilla de la entidad para su posterior envío a la cuenta del destinatario en otra entidad de crédito (órdenes de pago o giros).

Sin embargo, no es análogo ni puede considerarse una transferencia la aceptación de ingresos en efectivo para su abono en una cuenta abierta en la propia entidad receptora.

Cuando la transferencia tiene lugar entre cuentas de la misma entidad de crédito, la operación se suele denominar “traspaso interno”.

Tipos de transferencia

Según el área geográfica, las transferencias se clasifican en:

 Nacionales: Se envía y se recibe el dinero en España. Tendrán tratamiento específico cuando no sean en euros o cuando, siendo en euros, superen los 12.500 euros y al menos uno de los intervinientes sean no residentes. Algunas entidades todavía distinguen entre transferencias en las que la cuenta del ordenante y el beneficiario están en la misma plaza y cuando no lo están, algo que hoy en día resulta poco lógico ya que el coste real de prestar el servicio gracias a las nuevas tecnologías se ha reducido enormemente no existiendo diferencia entre la realización dentro de la misma localidad o entre localidades distintas. No resulta lógico cobrar al cliente por este “presunto gasto” que realmente no lo es, asi a sido reconocido ya por el Banco de España.

 Exteriores o transfronterizas: Cuando el ordenante entregue los fondos en España y el beneficiario esté en otro país, o al revés. Una modalidad específica son las transferencias STP (Straight Trough Processing), que son las que pueden realizarse de forma totalmente automatizada, ya que la entidad ordenante tiene los datos necesarios para ello: el IBAN (número internacional de cuenta) del beneficiario y el BIC (código de identificación bancaria) del banco del beneficiario. Si no es así, la transferencia se llama no STP, y supone que la entidad normalmente aplicará comisiones adicionales o más altas que en el caso anterior.

Según el modo de ordenarlas: personalmente en la sucursal de la entidad, a través de cajeros, por teléfono y por internet.

Según el plazo de ejecución, los tipos de las transferencias bancarias son:

 Ordinarias y Urgentes, dependiendo del plazo en que estas se ejecuten.

Plazos en las transferencias

En el caso de transferencias bancarias nacionales, no hay plazos concretos. No obstante, una transferencia se entenderá aceptada y se cursará, siempre que exista cobertura suficiente para efectuarla, como muy tarde el siguiente día hábil a la recepción de la orden, salvo excepciones.

En el caso de transferencias bancarias realizadas dentro de la Unión Europea para su abono en cuenta, en euros , hasta 50.000 euros, el plazo máximo para que el dinero llegue al beneficiario será el que se pacte entre el ordenante y la entidad. Dicho plazo no podrá ser superior a cinco días laborables bancarios y, a partir del día siguiente hábil al de la orden de la transferencia (en caso de incumplimiento el ordenante y el beneficiario pueden recibir una indemnización, salvo que el retraso sea culpa suya).

 

El consumidor debe saber por qué concepto se le está cobrando una comisión

Aunque evitar la aplicación de comisiones por la realización de transferencias resulta bastante complicado, en algún caso debemos estar alerta. Si lo que vamos a realizar no es una transferencia en sentido estricto sino un traspaso de efectivo entre cuentas nuestra titularidad (cuentas del ordenante), procuraremos ordenar el traspaso en la entidad de la cuanta receptora del dinero y no en la que va a realizar el traspaso. Dentro de estas operación podemos distinguir:

 Las aportaciones de fondos: Para cantidades inferiores a 3.000 euros y con el límite de una al mes. A través de una única autorización, pueden ordenarse varios traspasos periódicos.

 El traspaso de efectivo: Para cantidades de hasta 150.000 euros. En este caso daríamos a la entidad receptora una orden genérica y no por traspaso. De esta manera si queremos posteriormente volver a realizar la operación, con avisar a la entidad sería suficiente. Si el traspaso supera los 6000 euros, el ordenante debe dar una orden específica para cada operación.

De acuerdo con al Banco de España, sólo está autorizada a cobrar comisiones la entidad que recibe el dinero, siendo esta entidad con la que más favorablemente vamos a poder negociar y evitar que nos cobren ninguna cantidad en concepto de comisión, ya que el dinero finalmente va a parar a esta.

El Banco de España ha obligado a suprimir eliminar comisiones en el caso de cuentas del mismo titular en entidades diferentes aunque sí permite cobrar a las entidades receptoras, salvo que se trate de nómina o pensión. cuando un mismo titular tiene cuentas en distintas entidades, aunque ha anunciado que permitirá cobrar por recibir trasferencias, salvo cuando se trate de nóminas o pensiones.

Consejos de ADICAE

Negociar las comisiones es fundamental así como conocer la normativa del Banco de España para evitar que nos cobren comisiones indebidas o desproporcionadas. Debemos preguntar sobre el coste antes de ordenarla y evitar que nos cobren si estamos ante un traspaso entre cuentas propias.

Otra de las precauciones que debemos tener es a la hora de ordenar transferencias a través de Internet, teléfono o cajero; estas nuevas tecnologías han supuesto un avance de coste y tiempo, pero debemos tener precaución a la hora de dar nuestras claves si queremos evitar algún disgusto.

 
Contacto | Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros. www.adicae.net
Cualquier problema o consulta técnica debe dirigirse a Webmaster
© ADICAE 2008 Todos los derechos reservados.