Debe examinar detalladamente
el sistema de amortización (es decir, la forma y periodicidad
con la que se pagan las cuotas), si el interés es fijo o
variable, y en este caso, cómo se calcula el interés
de cada periodo, cada cuanto tiempo se revisa el tipo de interés
y si hay redondeos.
Compruebe cuál es el interés de demora para el caso
de que se retrase en el pago de las cuotas.
Compruebe detenidamente qué comisiones tienes que pagar
y cuál es su importe, y en concreto si hay comisión
de apertura, por modificación de condiciones o por subrogación.
Compruebe si se pueden hacer pagos anticipados y con qué
cuantía, así como si en los casos de amortización
anticipada total o parcial hay que pagar alguna comisión.
En los préstamos hipotecarios sobre vivienda
que tengan un importe de hasta 25 millones de pesetas, existe el
derecho a que el Banco o Caja de Ahorros le entregue un folleto
informativo con las condiciones esenciales de la operación.
La Entidad de Crédito debe formular una oferta vinculante
de contrato, cuyas condiciones obligarán a la Entidad durante
diez días hábiles.
Finalmente, tiene derecho a elegir Notario y a examinar la escritura
de préstamo en la Notaría durante los tres días
hábiles anteriores a la firma.
Recuerde que la entidad le dirá que es "obligatorio"
domiciliar allí su nómina, así como contratar
con ellos un seguro del hogar entre otras cosas. Sepa que la legislación
sólo le obliga a tener un seguro contra incendios y no necesariamente
con esa misma entidad.
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