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Nota de prensa

CONSUMO03/03/2017

ADICAE reclama ante la Junta Arbitral Nacional de Consumo contra Vodafone por cobrar 2,5 euros por atender gestiones telefónicas que no se tarifican

• Vodafone España cobra desde este febrero 2,5 euros a sus clientes por atender por teléfono solicitudes como el número PUK, la modificación de datos de facturación o la consulta del periodo de permanencia

• No es la primera vez que la compañía impone condiciones abusivas: fue condenada por cobrar el desbloqueo del móvil a 354.625 clientes sin permanencia

• ADICAE acude al arbitraje de consumo colectivo previsto en la regulación por ser la única vía real de los consumidores para impedir el abuso y garantizar la devolución íntegra de lo cobrado de más.

• Esta reclamación constituye la primera de las acciones previstas por ADICAE con motivo del próximo Día Mundial de los Derechos del Consumidor, 15 de marzo, que la Asociación conmemora con una amplia batería de actuaciones e iniciativas a lo largo de todo el mes.

Madrid, 3 de marzo 2017. La asociación de consumidores de ADICAE ha registrado en la Junta Arbitral Nacional de Consumo una solicitud de arbitraje de consumo colectivo contra Vodafone España, un instrumento recogido por el Real Decreto 231/2008. En 15 días, una vez comunicada la solicitud, la entidad telefónica tendrá que comunicar si acepta o no el arbitraje.

ADICAE inicia así un procedimiento colectivo extrajudicial contra la compañía telefónica por la modificación unilateral e injustificada de las condiciones del servicio pactadas con el consumidor y que lesionan gravemente sus intereses. Esta nueva tarifa no ha sido siquiera comunicada con anterioridad al cliente y le obliga a pagar 2,5 euros más por un servicio que no se tarifica de forma separada y que está cubierto por la cuota mensual. Este cargo 'extra' vulnera los derechos del consumidor y por tanto ADICAE solicita su nulidad y eliminación, además del resarcimiento a todos los consumidores a los que se les hubiera llegado a aplicar.

El artículo 21.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007 deja claro que el empresario no puede aplicar números de tarificación adicional -ni, consecuentemente, tarifas adicionales- por atender al consumidor a través del Servicio de Atención al Cliente. Dicha atención no puede convertirse en una actividad lucrativa adicional para la empresa cuando constituye un derecho irrenunciable de todo usuario.

Con esta solicitud de arbitraje ADICAE pone en valor los mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos, imprescindibles ante estos abusos de alcance masivo que difícilmente llegan a los tribunales dado el, a priori, escaso perjuicio individual para el cliente. Precisamente es la escasa cuantía del abuso (en realidad cientos de miles o millones de euros para la empresa) de lo que se valen las compañías telefónicas para someter a sus clientes a una situación de abuso permanente y continuado, convirtiendo a la telefonía en el sector líder en reclamaciones.

En 2016 Vodafone fue condenada a devolver a más de 354.600 consumidores los cerca de 10 euros (9,68) que la compañía les cobró por desbloquear su teléfono móvil a pesar de no tener permanencia. ADICAE se personó en este procedimiento en apoyo y refuerzo de la Fiscalía (que inició el mismo) y para incorporar a esta reclamación a los afectados por el abuso y conseguir que la empresa les devolviera el dinero cobrado indebidamente.

La asociación de consumidores inicia este procedimiento tras recibir en sus oficinas multitud de quejas de los clientes de la compañía al conocer esta nueva tarifa por la atención en el 'Servicio de Atención al Cliente 123'. ADICAE considera fundamental alcanzar una resolución global para el conjunto de los afectados y entiende que el arbitraje extrajudicial colectivo ofrece las máximas garantías y permite una solución rápida y sin coste de la que se beneficiarían el conjunto de los consumidores.

* Descarga-Solicitud de arbitraje colectivo

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