DEPÓSITOS ESTRUCTURADOS
ADICAE PRESENTA LA PRIMERA DEMANDA JUDICIAL EN ESPAÑA DE DEPÓSITOS ESTRUCTURADOS
Se trata de productos que comercializan el 80% de las Entidades Financieras y que suelen mezclar Plazos Fijos y Seguros con Acciones ocasionando fuertes pérdidas.
31/07/2003
Imprimir

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) ha presentado hoy en el Registro de los Juzgados de Valencia la primera demanda judicial en España de manera colectiva que engloba a más de un centenar de familias que se vieron perjudicadas por unos depósitos estructurados que mermaron sus ahorros en un 75%. Estos “depósitos estructurados”, tal y como los cuñó la asociación especializada en temas financieros, se avienen a la tipología de Contratos Financieros Atípicos recogidos en la Circular 3/2000 de 30 de mayo de la CNMV. No obstante, debido a las deficiencias de transparencia e información que se da a los usuarios bancarios, ADICAE viene reclamando un mayor grado de regulación y supervisión de los mismos para que el cliente pueda emitir un juicio fundado sobre el tipo de producto que está contratando.

Esta clase de depósitos suele ser un plazo fijo o un seguro cuyo rendimiento viene determinado por dos vías: la primera, un tipo de interés fijo que se comercializa como más alto que el que ofrece el mercado; la segunda, una rentabilidad que puede ser tanto positiva como negativa y que viene condicionada por la cotización de unos determinados valores. De esta manera, la segunda vía puede “comerse” los intereses fijos que se ofrecen como atracción para que el cliente contrate el producto. Pero el verdadero problema radica en la presentación de éstos como depósitos o seguros con una rentabilidad asegurada (un plazo fijo, por ejemplo) cuando en realidad no la tienen. Viene entonces, al cabo de tres, doce o veinticuatro meses la sorpresa de que no se contrató un plazo fijo sino un depósito estructurado que, en el caso de que el ciclo de la bolsa no sea alcista, puede ocasionar importantes mermas en el capital inicial. Igualmente en diversas ocasiones se obliga, literalmente, al cliente a quedarse con unas acciones que no ha solicitado si la cotización de éstas se minusvalora en un determinado porcentaje (normalmente un 20%), con la merma que ello supone.

Desde ADICAE se señala que estos contratos suelen ser oscuros y sibilinos, prácticamente incomprensibles para un cliente no especializado, de manera que éste no puede emitir un juicio fundado sobre el producto que contrata. En algunos casos se han detectado cláusulas abusivas, no suelen transmitir proporcionalmente rentabilidad en función del riesgo que se asume y se comercializan basándose en la confianza que mantiene el cliente con el empleado de la entidad.

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros ha venido constituyendo diversos colectivos de clientes que contrataron dichos depósitos y que se sienten engañados porque no se les comunicó adecuadamente ni de forma clara y precisa de la naturaleza de los mismos. De este modo, a finales del año pasado se creó en Valencia un colectivo de afectados de Caja Rural de Valencia en cuyos contratos existían cláusulas abusivas, tal y como determina un dictamen del Registro de la Contratación, y se reconoce por parte de la CNMV la falta de transparencia de los mismos. Todo ello en unos contratos donde se hacía mención expresa a “Imposiciones a Plazo Fijo” lo que, evidentemente, conllevaba a los clientes a dilucidar que se trataba del tradicional producto con rentabilidad asegurada. Desgraciadamente tres meses después se encontraron con unas pérdidas del 25% del capital inicialmente invertido. Ahora, hace ya dos años, éstas ascienden con una cadena de productos y acciones vendidas a aproximadamente el 75%. Es por ello que ADICAE ha presentado una demanda judicial contra la entidad por no ajustarse los contratos a su verdadera naturaleza con más de un centenar de afectados, aunque se estima que unos 800 todavía o no son conscientes de su merma o no han sabido de las respectivas medidas que ADICAE estaba emprendiendo. Por todo ello se da un plazo de dos meses para que todo aquel que se encuentre en la misma situación pueda sumarse a la demanda en el periodo de ampliación establecido.

ADICAE, que advierte que cerca del 80% de entidades bancarias comercializa dicho tipo de producto, lleva haciendo un seguimiento desde su aparición, exigiendo un mayor compromiso de transparencia en la información y una mayor regulación y sanción por los organismos pertinentes (CNMV) que debiera realizar un estudio pormenorizado de cada producto en sus cláusulas, su expresión, facilidad de comprensión. ADICAE tiene establecido el perfil del contratante de este tipo de productos como una persona entre 40-55 años, casado, averso al riesgo, con unos ahorros medios entre 12.000 y 30.000 euros, con más de cinco años en la entidad y con gran confianza en las indicaciones del personal de la misma. Estos depósitos suelen prodigarse especialmente en los grandes bancos de implantación nacional, tienen unos rendimientos (en caso de resultar positivos) bastante mediocres (2,5 – 4%) pero están expuestos a una alta volatilidad bursátil que, en los casos de pérdidas, puede mermar la inversión inicial entre un 30-40%, suelen ser de duración de 2 a 3 años aunque últimamente se están prolongando hasta los 5 o 6 y normalmente abarcan mucha publicidad, especialmente en folletos, donde recalcan interesadamente las rentabilidades aseguradas pero no los plazos de estás, su peso en el producto ni el componente variable.

ADICAE aconseja en estos casos asesorarse siempre por profesionales independientes y sumarse a los diversos colectivos que existen, ya que el personal de la entidad, por muy conocido que sea, suele moverse por objetivos comerciales y actuar en base a los mismos que, dicho sea de paso, normalmente no suele coincidir con las necesidades de los clientes.

Junta Directiva ADICAE
Dpto Comunicación

« Volver
 
Contacto | Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros. www.adicae.net
Cualquier problema o consulta técnica debe dirigirse a Webmaster
© ADICAE 2008 Todos los derechos reservados.