ADICAE ha constatado la comercialización por parte de Caja España de una imposición a plazo en la que la entidad introduce gravosas condiciones para el consumidor..
Madrid, 29 de abril de 2008
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (www.adicae.net) instará a Caja España al cese de este tipo de actividades que perjudican a los consumidores e instaura una situación de desigualdad flagrante en la que la entidad se reserva el derecho a resolver anticipadamente el contrato – si resulta demasiado “lucrativo” para el cliente-, notificándolo con una antelación mínima de un día hábil. Sin embargo, el usuario queda desamparado, negándosele la capacidad de resolver o cancelar anticipadamente el contrato, secuestrando así su ahorros.
En el caso del producto que Caja España ha colocado a algunos de sus clientes la rentabilidad, y aparentemente la transparencia, brilla por su ausencia. La entidad oferta un interés del 4% en la primera anualidad siendo los intereses posteriores, liquidados semestralmente, calculados en función de una compleja fórmula que condiciona la rentabilidad a las fluctuaciones del euríbor y al interés nominal anual aplicable a la anterior liquidación de intereses. De modo que un consumidor que hubiese contratado el depósito en Noviembre de 2005, por un periodo de 5 años, ha obtenido una rentabilidad del 2,3% en la liquidación de mayo de 2007 (inferior a la inflación) y del 0,1% en la liquidación semestral de noviembre del mismo año; siendo la rentabilidad previsible para los dos semestres de 2008 negativa. Cabe preguntarse si un usuario convenientemente informado contrataría libremente un producto mediante el que bloquea sus ahorros durante cinco años a cambio de rentabilidades ridículas y en algunos casos incluso negativas, mientras que la entidad puede resolver el contrato sin ninguna justificación.
Nos hallamos ante un producto que más que una inversión es un préstamo desinteresado a Caja España para incrementar su liquidez. Y lo que es peor, que no podemos cancelar. ADICAE reclamará ante el Banco de España para que los ahorros de los consumidores no sigan siendo secuestrados en virtud de una cláusula abusiva en base a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la defensa de los consumidores y usuarios que establece en su Disposición adicional primera. Cláusulas abusivas. Vinculación del contrato a la voluntad del profesional. 2.ª que tipifica como cláusula abusiva resolver anticipadamente un contrato con plazo determinado si al consumidor no se le reconoce la misma facultad.
Ante la actual coyuntura económica, las entidades se han lanzado a la guerra por los depósitos, en su búsqueda de liquidez, para hacerse con los pocos ahorros disponibles de las familias, cuya capacidad de ahorro, según datos del INE, se sitúa en el 9,9 % anual de su renta disponible. Este escenario de incertidumbre económica empuja a las familias a contratar productos de ahorro tradicional. Sin embargo, las ofertas actuales de depósitos poco o nada tienen que ver con los típicos depósitos ofertados hasta ahora. Las entidades ofrecen depósitos bancarios de gran complejidad y no tan rentables. Pese a la competencia de ofertas, la rentabilidad no suele superar el 5% anual, si tenemos en cuenta que la inflación ronda el 4,2% nos hallamos ante una rentabilidad muy pobre.
ADICAE
Departamento de Comunicación