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Alquilar un coche puede salirnos muy caro si nos 'cuelan' cláusulas irregulares en el servicio

Con la llegada del verano muchos consumidores empiezan a planear sus vacaciones. Quizás se planteen, una vez llegados a su destino, contratar un coche de alquiler para desplazarse. Hay que andarse con ojo, ya que en este sector proliferan los atropellos a los derechos del consumidor. Un reciente informe ha sacado a la luz irregularidades en la política de combustible y en las condiciones de pago, además de modificaciones en el precio final del servicio.
El Centro Europeo del Consumidor ha detectado cuatro prácticas abusivas en los contratos de las compañías españolas de alquiler de vehículos que pueden vulnerar los derechos de los consumidores. Hay cláusulas que solo benefician a la empresa y que le permiten cobrar de más a los conductores. Conózcalas y lea con atención las condiciones de contrato del alquiler de coches; si se encuentra con ellas, exija que la empresa las retire. Y si es demasiado tarde y ya ha sido víctima de ellas, reclame. Estas son las cuatro prácticas abusivas en los contratos de alquiler de coches:
- Política de combustible. Se obliga al consumidor a pagar en el momento de recogida del vehículo un importe por el tanque lleno de combustible y devolverlo con el depósito vacío. En la práctica, si el consumidor entrega el coche con el depósito lleno la compañía no le devuelve el importe del combustible no consumido, alegando que es su responsabilidad leer los términos y condiciones, y, en consecuencia, saber que debe devolverlo vacío. Como resulta poco probable dejar el vehículo con el depósito totalmente vacío, las compañías siempre salen ganando. Esta cláusula es abusiva, ya que obliga al consumidor a pagar por algo que no tiene porqué consumir.
- El precio final de la reserva on-line no se ajusta al precio real que se cobra. Esto ocurre cuando el coche se devuelve en un establecimiento distinto al que tuvo lugar la entrega -algo habitual si se usa el vehículo para hacer una ruta vacacional-, así como en el caso de devolución del coche fuera de horario de oficina. Las empresas omiten en sus webs informar de que hacen un cargo extra en estos casos tan habituales, dando lugar a una posible práctica comercial engañosa.
- Cláusulas que permiten a las compañías, una vez entregado el vehículo, efectuar la revisión de daños menores y de limpieza sin la presencia del consumidor. De este modo, pueden a posteriori efectuar un cargo en la tarjeta de crédito del consumidor, aduciendo que han detectado algún daño menor o que el coche se ha entregado sucio. Esta cláusula es abusiva, ya que permite al empresario aumentar el precio inicialmente estipulado sin que existan razones objetivas para ello y sin aportar pruebas al consumidor.
- Cláusulas que limitan las condiciones de pago, al aceptar solamente tarjetas de crédito, no admitiendo y rechazando las tarjetas de débito y el dinero en efectivo. Esta práctica, que supone limitar los derechos del consumidor, se hace porque de esta manera la empresa, como hemos visto antes, puede cobrar recargos al consumidor a posteriori.
Cuando el consumidor hace uso de un vehículo de alquiler en pleno viaje, es difícil que vuelva a pasar por las oficinas de la empresa que se lo alquiló, y se valen de eso para cobrar de más sin que el consumidor pueda verificar si existe justificación. No hay que olvidar que nuestros derechos como consumidores viajan con nosotros, y por eso si detecta estas prácticas o es víctima de ellas, puede denunciarlas y reclamarlas en alguna de las más de treinta de sedes de ADICAE en toda España.